Archiva Senado petición de Consulta Popular suscrita por senadores del PAN y PRD

Con 44 votos a favor, 40 en contra, el Pleno del Senado de la República declaró improcedente la petición de Consulta Popular, suscrita por diversos senadores de los grupos parlamentarios de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, relativa a la expedición de una Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria del artículo 127 constitucional, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3° de la fracción VIII, del artículo 35 de la Constitución y de la fracción IV del artículo 11 de la Ley Federal de Consulta Popular.

SENADOLos senadores integrantes de la Comisión dictaminadora concluyeron que las remuneraciones de los servidores públicos son esencialmente parte del Presupuesto de Egresos de la Federación, de tal manera que al estar contenidas en este documento deben ser consideradas, de manera que sean previsibles para los gastos que el Estado realiza al momento de ejercer el Presupuesto de Egresos.

En este sentido, se precisa que en tanto que el gobierno requiere recursos para poder cumplir con sus funciones y que corresponde a los ciudadanos contribuir a los ingresos del Estado, el Constituyente determinó que dicha materia no fuese posible para ser consultada, ya que se pondría en riesgo el financiamiento público y el cumplimiento sus fines y propósitos.

Además, se señala que el 24 de agosto de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución, cuyo eje principal es que los Poderes de la Unión y los tres niveles de gobierno cuenten con un régimen de remuneraciones equitativo, igualitario y transparente, que brinde certeza al ejercicio del gasto público, a fin de evitar arbitrariedad y el abuso en la determinación de los ingresos.

En su régimen transitorio, se prevé la obligación del Congreso de la Unión, legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de expedir o adecuar la legislación, de conformidad con los términos del Decreto, en un plazo de 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor.

En este sentido, se verificó que de los 31 estados y el Distrito Federal, 19 cuentan con adecuaciones a sus constituciones locales, siete cuentan con una ley o reglamentación específica para regularlo y cuatro no cuentan con una ley o reglamentación que regule lo establecido en la ley 127 de la Constitución, por lo que no resulta viable que se consulte a la ciudadanía sobre la expedición de una ley reglamentaria del artículo 127 constitucional, en tanto que es ya una obligación propia del Congreso de la Unión establecida por el poder constituyente.

En un segundo resolutivo, el Senado de la República exhortó a la Cámara de Diputados a someter a discusión en los términos reglamentarios ante el Pleno de la misma, la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada por esta Cámara de Senadores el 8 de noviembre de 2011, aún pendiente de aprobación.

Esto, por tratarse de una materia que pudiera considerarse como de trascendencia nacional y para lograr el cumplimiento del mandato constitucional expresado por la reforma constitucional, en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2009.

En el dictamen se precisa que la petición de consulta popular busca que la ciudadanía se pronuncie respecto de si desea que se emita una Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria del Artículo 127 Constitucional, en la que se fijen límites máximos a las remuneraciones y prestaciones de los servidores públicos, y que reduzca 50 por ciento las que actualmente perciben el Presidente de la República y altos servidores públicos de la Federación.

En contra de que se deseche el dictamen, el senador del PRD, Luis Sánchez Jiménez, dijo que la trascendencia nacional de los temas propuestos para la consulta popular, según la propia ley, será calificada por la mayoría de los legisladores presentes en cada cámara, excepto la que se solicita por parte de los ciudadanos. “Nosotros con la mayoría, esto es el 50 por ciento más uno, podemos determinar aquí si hay o no una consulta popular. Es nuestra facultad”.

Agregó que deja mucho que desear la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en cuanto a la interpretación parcial del artículo 35, fracción VIII inciso tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque se retroceden 178 años, cuando en 1836 se instituyó un Supremo Poder conservador que tenía como propósito proteger un país con un régimen centralista.

El senador Héctor Larios Córdova, del PAN, en contra de que se rechace la propuesta, destacó que los criterios de la Corte ponen en riesgo la formulación de consultas populares en el país, pues de cuatro consultas ciudadanas: dos en materia energética, una de ciudadanos de Acción Nacional sobre salarios mínimos y otra del PRI relativa a la representación proporcional de diputados. .

El artículo 35, expuso, dice que las consultas que inicia el Congreso no pasan por la revisión de la Corte, por lo que afirmó que se puede forzar en el país a que el ciudadano tenga derecho a ser consultado. Si el Congreso resuelve que puede llevarse a consulta el establecimiento de una ley de salarios máximos, se puede rescatar el derecho del ciudadano a ser consultado, afirmó.

En contra de la improcedencia del dictamen, el senador Zoé Robledo Aburto, del PRD, aseguró que el esquema de remuneraciones en el país abona a la desigualdad. La interpretación de la SCJN no está bien enfocada porque se evita la participación de la ciudadanía en actos y temas que implican aspectos de ingresos y egresos de la Federación.

Pareciera que el Senado en su posición, ingresos y prestaciones mantiene a los senadores en una burbuja que aleja cada vez más de los representados, de la experiencia cotidiana de la sociedad y que impide entender los desafíos que enfrentan los mexicanos. Por ello, retó en un desafío social, político y económico a un senador, diputado, gobernador, funcionario público de cada partido, o presidente municipal, para que vivan una semana con el salario mínimo -471.03- pesos durante una semana.

El senador del PAN, Roberto Gil Zuarth, criticó que se rechace el dictamen y la resolución de la Corte de oponerse a la consulta popular, toda vez que “todos” los asuntos están relacionados con los ingresos y egresos, y con temas de derechos humanos, rechazarla hace prácticamente inoperante la consulta popular como mecanismo de participación directa de los ciudadanos, dijo.

Las consultas populares, comentó, no es una encuesta o un mecanismo para medir la opinión de un tema coyuntural para los ciudadanos, es un mecanismo de decisión que genera un mandato vinculante para los Poderes públicos.

Los ministros no son ignorantes, son sumisos, son carentes del más mínimo sentido de independencia y de compromiso con el bienestar de la mayoría de la sociedad, señaló la senadora Dolores Padierna Luna, del PRD, al criticar la decisión de la Corte para llevar a consulta popular de salarios mínimos y de reforma energética.

Agregó que la Corte actuó con criterios “estrechos”, por lo que jamás habrá una consulta popular de ningún tema y, por la vía de los hechos se está haciendo nugatorio el derecho de este mecanismo de participación ciudadana. El 2015 es el año en que debió estrenarse el derecho constitucional, manifestó.

El senador David Penchyna Grub, del PRI, pidió hacer a un lado descalificaciones contra los ministros –designados por el mismo Congreso, a partir de su trayectoria–, para dar pauta a un debate de autocrítica y reconocer que si hubo un error en la legislación que despierta el temor de que nunca será posible la consulta popular, es momento de revisar y corregir la ley.

Los senadores, enfatizó, no pueden dejar de cumplir su compromiso, deben mostrar calidad y altura de miras para hacer un ejercicio de autocrítica sobre la redacción del artículo 35 de dicha ley. El PRI respeta a los otros dos Poderes de la Unión, por lo que antes de amenazar o desacreditar en la coyuntura política, preferimos un debate en que se respete la política y al estado de Derecho.

El senador del PAN, Javier Corral Jurado apuntó que el Congreso está obligado a acatar la resolución de la SCJN, pero no se puede quedar callado ante la decisión de los ministros porque representa un revés a la ciudadanía, no al sistema de políticos. Por esta razón deploró el veredicto de la Corte.

El Senado tiene el deber irrenunciable de dar cauce a este revés, afirmó al advertir que se muestra una gran falta de sensibilidad social si frente a los momentos de gran tensión que se vive en el país, en los que se escucha en las calles voces de descalificación de la clase política, se desdeña la oportunidad de hacer partícipe a los ciudadanos de decisiones fundamentales para el país.

El senador Manuel Bartlett Díaz, del PT, a favor de la procedencia del dictamen, aseveró que el proceso de consulta fue una farsa. Las instituciones se respetan cuando son respetables, cuando no se les señala y enjuicia, enfatizó.

En el país se perdió el sentido de responsabilidad y de la democracia. Se tiene un Congreso cooptado por el presidente Peña Nieto a través del pacto que ha involucionado la Constitución; un Congreso sin división de poderes; al cual se añade una SCJN que no cumple con su responsabilidad, que en lugar de exigir al Congreso el control de constitucionalidad a través de argucias, no lo hace, y se suma al Ejecutivo, que junto con Legislativo responden a una clara dictadura en el país.

La propuesta del senador Luis Sánchez Jiménez para que se declarara procedente la petición de consulta popular, no se admitió a discusión.

Luego de un debate de poco más de dos horas, el presidente de la Mesa Directiva, José Rosas Aispuro, ordenó archivar como totalmente concluido el asunto de la petición de consulta popular suscrita por senadores de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, relativa a la expedición de una Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria del artículo 127 Constitucional.

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